22/11/2008
Inicio arrow Red Global arrow Visto bueno a los anteproyectos de ley de reformas de los mercados interiores de electricidad y gas



Visto bueno a los anteproyectos de ley de reformas de los mercados interiores de electricidad y gas PDF Imprimir E-Mail
domingo, 26 de febrero de 2006
- Los objetivos de las reformas son avanzar en la liberación de los sistemas energéticos españoles, fomentar la competencia e incrementar la transparencia de los mercados.
- Los anteproyectos cumplen en primer lugar con la principal exigencia de las directivas respecto a la separación jurídica y funcional de los gestores de las redes de transporte y de distribución de las actividades de suministro y comercialización.
- La propuesta progresa en el proceso de liberalización propuesto por las directivas comunitarias hacia unos mercados en los que el suministro sea ejercido en su totalidad por los comercializadores en libre competencia y sean los consumidores quienes elijan libremente a su suministrador.

- En el mercado eléctrico se aborda el proceso de liberalización con un enfoque progresivo y se define un periodo transitorio que llega hasta 2011, mientras que en el caso del gas, donde el mercado alcanza en la actualidad mayores cotas de liberalización, se acorta ese horizonte hasta el 1 de enero de 2008

- Se incluyen otras modificaciones regulatorias, entre ellas la reducción del accionariado de las empresas gasistas en Enagás, la creación de unidades orgánicas específicas en REE y Enagás para la gestión del sistema, o las creaciones de una Oficina para el Cambio de Suministrador y del Comité de Seguimiento del Sistema Energético

24.02.06   El Consejo de Ministros ha dado el visto bueno en su reunión de hoy a los anteproyectos de ley de transposición de las directivas europeas referentes a las normas comunes para los mercados interiores de la electricidad y del gas. Los documentos han sido remitidos al Consejo de Estado para su examen.

Además de incorporar a la legislación española aquellos aspectos de las directivas que faltaban por transponer  -los capítulos principales propuestos por las directivas estaban contemplados ya en la legislación española-,  los anteproyectos presentado por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio al Consejo de Ministros avanzan en el camino emprendido de reforma regulatoria de los mercados de electricidad y de gas, con los objetivos de progresar en la liberación de los sistemas energéticos españoles, de fomentar la competencia y de incrementar la transparencia de los mercados. En el anteproyecto referido al mercado de la electricidad se incluyen modificaciones técnicas de la ley que suponen una mayor armonización en el Mercado Ibérico de la Electricidad.

Principales asuntos relacionados con la transposición de las directivas

Entre las principales modificaciones que se incorporan en los anteproyectos para dar cumplimiento a la transposición de las directivas, destaca la separación jurídica y funcional de los gestores de las redes de transporte y de distribución de las actividades de suministro y comercialización. Se pretende con ello un acceso eficaz y no discriminatorio a las redes de los distribuidores, que a partir de ahora dejan de hacer también el papel de comercializadores.

En definitiva y con el principio de que el negocio de red debe ser sólo negocio de red, se separan las actividades de distribución y de comercialización para que exista una mayor transparencia en el proceso del suministro de electricidad y de gas al cliente final, lo que debería jugar a favor de la mejora de la competencia. Los plazos para aplicar la separación jurídica y funcional de las actividades de distribución y transporte de las de comercialización será de 6 meses para el sector eléctrico y de 12 meses para el del gas natural.

En el capítulo de obligaciones de servicio público y protección al cliente, se pone fin a la existencia de un suministro a tarifa a partir del 1 de enero de 2011 para el mercado de la electricidad, y del 1 de enero de 2008 para el del gas. Complementariamente, se crea la figura de los Suministradores de Último Recurso, que serán designados por el Gobierno y cuya principal obligación será la de atender a los consumidores domésticos y ciertas pymes. Con esta medida, se trata de avanzar en el proceso de liberalización propuesto por las directivas comunitarias hacia unos mercados en los que el suministro sea ejercido en su totalidad por los comercializadores en libre competencia y sean los consumidores quienes elijan libremente a su suministrador.

El periodo transitorio es más dilatado en el caso del mercado eléctrico, hasta 2011, puesto que se adopta un enfoque progresivo en vista de que en la actualidad la mayoría de los clientes están acogidos a la tarifa y se prevé, en consecuencia, que el proceso de liberalización necesite una etapa prolongada de tiempo para su aplicación.

Hasta esa fecha la labor del suministro de electricidad será competencia de la figura intermedia del Comercializador a Tarifa Regulado. Este período es necesario para acercar la tarifa a la futura tarifa refugio que marcará la administración.

En el caso del gas, las ventas en el mercado liberalizado a finales del año 2005 superaron el 83 % del consumo total de gas en el mercado español como consecuencia de que desde el día 1 de enero de enero de 2003 todos los consumidores, con independencia de su nivel de consumo, pueden elegir suministrador. Por ello, el plazo de adaptación debería ser más breve y, por lo tanto, se acorta hasta el 1 de enero de 2008, fecha en la que la actividad de comercialización será realizada únicamente por los comercializadores en mercado libre.

En la normativa propuesta, se establece también la reducción a dos meses de los plazos para que la Administración resuelva reclamaciones administrativas contra empresas transportistas y distribuidoras. Además, se designan expresamente las autoridades reguladoras, la Administración General del Estado, las Comunidades Autónomas y la Comisión Nacional de Energía, y se definen expresamente sus competencias, además de encargarse expresamente a la CNE de las funciones de supervisión.

Otras modificaciones regulatorias

Los anteproyectos de ley se complementarán con otras modificaciones regulatorias, que, aunque no están exigidas por las directivas, se consideran necesarias. Entre ellas, destacan:

a) Reducción al 1% de la participación de las empresas gasistas en ENAGAS, con el fin de reforzar su independencia mediante la limitación de la participación de los agentes del sector en su accionariado. Se trata de una medida que sigue el modelo que ya se aplicó en Red Eléctrica de España (REE)

b) Creación de una unidad orgánica específica en REE y ENAGAS para la gestión y operación del sistema.

c) Sometimiento de los planes de inversión de las empresas transportistas de electricidad y de gas a autorización administrativa.

d) En el sector eléctrico se diferencia entre transporte primario (400 kv) y secundario (220kV). Las Comunidades Autónomas tendrán las competencias del transporte secundario de electricidad que atraviese exclusivamente su territorio, cuya planificación deberán coordinar con la Administración General del Estado.

e) Igualmente se establece la debida coordinación entre la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas a la hora de planificar y autorizar los gasoductos de la red secundaria de gas natural (entre 16 y 60 bares de presión).

f) Serán las Comunidades Autónomas las responsables de fijar los precios de las acometidas, que son las instalaciones de conexión entre el distribuidor y el cliente. Las características técnicas y de seguridad ya eran competencia de las CCAA y ahora se añade el régimen económico, puesto que estas instalaciones están en relación directa con la distribución.

g) Creación de una Oficina responsable del Cambio de Suministrador. La finalidad de esta medida es garantizar la transparencia de los datos para facilitar la libre competencia.

h) Se habilita a transportistas y distribuidores para exigir garantías para el cobro de peajes y cánones, lo que redundará en última instancia en la mejora de la protección al consumidor.

i)    Se crea el Comité de Seguimiento de la Gestión Técnica del Sistema Energético con el objetivo de realizar un seguimiento permanente de la garantía de los suministros energéticos. El objetivo principal es hacer un seguimiento permanente de los asuntos que puedan afectar a la garantía de suministro energético en España.

j) El Operador del Mercado complementará su retribución con precios que cobrará por los servicios que presta. Esos precios estarán regulados.

k) Se suprimen las autorizaciones administrativas para los intercambios de electricidad con países de la Unión Europea y se reservan para terceros países.


Modificaciones técnicas

También se incluyen algunas modificaciones de carácter puramente técnico y, entre ellas, dos asuntos relevantes:

- Se elimina el concepto de “consumidor cualificado” y se introduce el concepto de “consumidor directo en mercado”.

- Se elimina el concepto de Agente Externo, no definido en las directrices europeas, que pasa a ser sustituida por la figura del comercializador. Complementariamente, se flexibilizan los requisitos para realizar intercambio intracomunitarios en línea con los avances del mercado interior de la electricidad.

MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO
 
< Anterior   Siguiente >