Por estas razones la CLI sigue apostando por la
apertura de un debate social
para la consolidación de las debidas garantías, en línea con lo que se
ha hecho en otros países (Bélgica, Francia, Reino Unido ó Finlandia).
Además de abordar los 14 puntos que la CLI estima prioritarios
Definición del nuevo concepto de identificación electrónica, Acto de
identificación, Responsabilidades de la Administración, Protocolos y
procedimientos, Biometría, Propiedad de los desarrollos, Tipo de
software, Información al ciudadano, Necesidad de Concretar el
Reforzamiento de la Seguridad, La formación a funcionarios públicos,
Defensa del usuario de las TIC, Principio de Finalidad,
Contextualización del proyecto y Necesidad de una Ley Específica),en el
transcurrir de las reuniones se ha detectado una evolución en la
actitud del Gobierno en lo que respecta a escuchar otras opiniones y a
comprometerse en favorecer un cierto debate social a partir de ahora
que haga posible el análisis y el contraste de las informaciones en
tiempo útil.
Todo ello quedaría enmarcado en las dos ideas clave siguientes:
1. La necesidad de un marco legal adecuado que refleje las garantías para el ciudadano.
2. La participación de la CLI en las consultas previas a la aprobación
de las disposiciones ministeriales pendientes, a la vista de la
habilitación contenida en la Disposición Final Segunda del citado Real
Decreto donde se refiere al desarrollo y aplicación del DNIE.
Al día de hoy, entre los puntos más importantes que, a nuestro juicio,
quedan por clarificar e informar, se encuentran los siguientes:
1. Identificación convencional. El ciudadano debe saber que, en la
mayoría de las ocasiones, seguirá siendo suficiente la mera
identificación presencial con la tarjeta del DNIE a la vista, tal y
como se viene haciendo hasta ahora.
2. Identificación electrónica. Por un lado, habrá que delimitar los
casos en que la identificación deba ser procesada electrónicamente y,
por otro, no conocemos ni el proceso del acto de identificación ni el
uso de los datos capturados para este tipo de identificación.
Para concluir, es de destacar que hasta el momento, la CLI ha
conseguido garantizar que en el DNIE no van a figurar más datos que los
necesarios para la identificación (principio de finalidad) y, además,
que el Gobierno estudie la implementación de otro elemento de seguridad
como complemento al PIN (incremento de la seguridad), antes
de poder acceder a la clave privada que permitirá las transacciones
electrónicas con el DNIE. A pesar de esos logros, la CLI sigue sus
conversaciones con el Gobierno para seguir mejorando tanto las
garantías para preservar los derechos de los ciudadanos como la
formación e información de los mismos. Principio de finalidad,
proporcionalidad y garantías son tres elementos
a seguir examinando con el máximo rigor pues están en juego derechos
fundamentales de las personas.
La Asociación de Internautas es una asociación sin ánimo de lucro de
ámbito nacional, inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones con
el número 164343, que se fundó en Madrid el 10 de Octubre de 1998. Tal
y como recogen nuestros
estatutos, los fines de la misma son
la defensa de los derechos de los usuarios telefónicos y telemáticos
asi como fomentar el establecimiento de una tarifa plana para internet.
Asociación de Internautas