Esta nueva norma, que regulará la construcción de
todos los edificios nuevos y la rehabilitación de los existentes, tanto
los destinados a viviendas como los de uso comercial, docente,
sanitario deportivo, industrial o sociocultural, introduce elementos
novedosos sobre materiales y técnicas de construcción para lograr
edificios más seguros y eficientes desde el punto de vista energético y
establece requisitos que abarcan desde la funcionalidad hasta los
relativos a la seguridad y habitabilidad. Con su puesta en marcha el
Gobierno realiza la mayor reforma en materia de edificación desde la
aprobación de la Constitución y armoniza la reglamentación nacional
en la materia, con las disposiciones comunitarias que le afectan.
Tras su entrada en vigor, España se sitúa entre las naciones más
innovadoras en materia de edificación cumpliendo las directivas
europeas sobre calidad y eficiencia energética y fomentando la
innovación y el desarrollo tecnológico tanto en los procedimientos de
edificación como en los materiales de la construcción.
La estructura del código se ha ordenado en torno a dos partes: la
primera, define el contenido, objeto y ámbito de aplicación del
proyecto y los llamados “Documentos Reconocidos”.. La segunda parte
está formada por una serie de “Documentos Básicos” donde se recoge las
exigencias que deben cumplir los edificios. Así se regulan las
exigencias básicas para seguridad estructural, para seguridad en
caso de incendio, para seguridad de utilización, para higiene, salud y
protección del medio ambiente y para ahorro de energía.
Principales innovaciones:
1º-Edificios con más seguridad en sus estructuras
La nueva regulación de las estructuras de edificios va a suponer un
refuerzo para el sistema de seguro decenal de daños e implica un
importante avance en el proceso de convergencia con la normativa
europea. En este documento básico se establecen cuestiones relacionadas
con las bases de cálculo, la edificación, los cimientos y las
estructuras de acero. Además se elimina el vacío reglamentario
existente en relación con las estructuras de madera, que suponía un
obstáculo para la utilización de este material, que en todo caso debe
contar con certificado de madera sostenible.
2º-Edificios con mayor seguridad en los incendios
En el documento se establecen medidas para impedir la propagación de un
incendio, tanto interior como exterior al edificio; se facilita la
evacuación de ocupantes del edificio en condiciones de seguridad; se
prevé la instalación de sistemas de detección, control y extinción; se
mejora la intervención de los bomberos y se regula la resistencia al
fuego de la estructura. Además, en este Documento básico se establecen
las condiciones de reacción y resistencia al fuego que deben cumplir
los elementos constructivos.
3º-Edificios con mayor seguridad en su uso: mayor protección a las personas
Este Documento se centra en la prevención y reducción de los
riesgos de que se produzcan accidentes en los edificios. En él se
regulan los riesgos más frecuentes como son las caídas por
resbalamientos, los accidentes derivados de una iluminación inadecuada
o los accidentes derivados de la presencia de vehículos en movimiento.
Más que imponer nuevas limitaciones al diseño, la aplicación de este
documento va a modificar determinadas pautas de diseño que venían
traduciéndose en riesgos cada vez mayores para los usuarios de los
edificios, como las barandillas inadecuadas o inexistentes, los suelos
excesivamente resbaladizos o las escaleras cuyo diseño aumenta el
riesgo de caídas.
4º- Edificios más saludables
El documento de salud, higiene y protección del medio ambiente viene a
cubrir un ámbito que carecía de suficiente normativa. En sus distintas
secciones trata de afrontar diversos problemas de la edificación en
España que afectan a la higiene y salud de las personas y a la
protección del medioambiente en el entorno edificatorio. Así en su
sección correspondiente, pretende disminuir el número de problemas de
patología por humedad debido al mal diseño constructivo y mantenimiento
de suelos, muros enterrados, fachadas y cubiertas. Se establecen
medidas que favorecerán el ahorro del agua en los edificios para
contribuir al ahorro de ésta mediante el adecuado diseño y
cálculo de dichas instalaciones, actualizando la reglamentación
preexistente que data del año 1975.
En este documento de salubridad se recoge también regulación
relacionada con la calidad del aire interior, estableciendo la salidas
de humos y gases de la combustión por las cubiertas de los edificios.
Así la normativa hace referencia a las instalaciones de ventilación con
objeto de alcanzar una calidad de aire interior aceptable, teniendo en
cuenta la compatibilidad con el ahorro de energía y la atenuación
acústica. De esta manera, deberán instalarse ventiladores o aspiradores
hídricos en los edificios para su ventilación y deberán instalarse
detectores de dióxido de carbono en garajes de más de 30 metros.. Por
último, este documento también se ocupa de los problemas de salubridad
y medioambientales ocasionados por la mala gestión y falta de reciclado
de los residuos ordinarios, facilitando y la recogida puerta a puerta y
mediante sistemas más sostenibles.
5º- Edificios más sostenibles y eficientes energéticamente.
El Documento Básico de ahorro de energía es uno de los instrumentos de
las nuevas políticas energéticas y medioambientales del Gobierno. Tiene
como objetivo conseguir un uso racional de la energía necesaria para la
utilización de los edificios, reduciendo su consumo energético y
utilizando para ello fuentes de energía renovable. Así la normativa
establece la obligación de incorporar criterios de eficiencia
energética y el uso de energía solar, térmica o fotovoltaica en los
nuevos edificios o en aquellos que se vayan a rehabilitar.
El Documento Básico que lo regula contiene cuatro exigencias
energéticas básicas: limitación de la demanda energética, donde se
establecen los valores límite para los cerramientos de los edificios
(fachadas, vidrios, cubiertas, etc.); eficiencia energética de las
instalaciones de iluminación, donde se fijan por primera vez en la
normativa española, unos requisitos a cumplir por estas instalaciones
sobretodo para edificios del sector terciario; la exigencia relativa a
la contribución solar mínima de agua caliente sanitaria obliga a que la
producción de agua caliente sanitaria se realice con un aporte
obligatorio de energía solar térmica que variará entre un 30% y un 70%
en función del volumen diario previsto de agua caliente demandado; y la
contribución fotovoltaica mínima de energía eléctrica, que establece
que en los nuevos edificios del sector terciario de una determinada
superficie (en el caso de las oficinas, por ejemplo, por encima de
4.000 m² , una parte de las necesidades eléctricas sean cubiertas por
energía solar generada por una instalación fotovoltaica). Según
estimaciones del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la
Energía (IDAE), la implantación de las exigencias energéticas
introducidas en el nuevo CTE supondrá, para cada edificio un ahorro de
un 30-40% y una reducción de emisiones de CO2 por consumo de energía de
un 40-55%.
Junto al Código Técnico de la Edificación se aprueba también la
creación y constitución del Consejo para la Sostenibilidad, Innovación
y Calidad de la Edificación (CSICE), en el que con la participación de
todas las Administraciones Públicas, representantes de los agentes de
la edificación y asociaciones representativas de los ciudadanos,
se va a realizar el seguimiento y evaluación de su aplicación así como
su actualización periódica conforme a la evolución de la técnica y
demanda de la sociedad.
También se crea el Registro General del Código Técnico de la
Edificación, adscrito a la Dirección General de Arquitectura y Política
de Vivienda, que tendrá carácter público e informativo y en el que se
inscribirán y harán públicos los Documentos Reconocidos en el citado
Código.
El CTE entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE.
No obstante se establece un periodo de aplicación voluntaria durante
doce meses, excepto en lo que se refiere al ahorro energético y la
seguridad contra incendios, cuestiones cuyos preceptos deben aplicarse
a los seis meses.
Durante la fase de elaboración se ha seguido un procedimiento de
participación que ha asegurado una amplia presencia de todo el sector,
con la colaboración de más de 800 expertos, organismos, Comunidades
Autónomas y corporaciones locales que han aportado casi 3.000
sugerencias que, en buena parte, han sido incluidas en la redacción
final.
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio